Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, todas las organizaciones y empresas públicas y/o privadas tienen que hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural.

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seleccion de indicadores violencia de género

AUDITORÍA DE GÉNERO: Aplicamos la perspectiva de género en la Auditoría de legalidad

Auditoría de género

IGUALDAD/ACOSO/VIOLENCIA

Prevención acoso laboral/sexual y por razón de sexo.

La prevención del acoso tiene carácter obligatorio en las organizaciones y su objetivo es establecer políticas que contribuyan a garantizar un entorno laboral libre de acoso.

La igualdad, la integridad física y moral, y la dignidad son derechos inalienables de toda persona y, por ello, resulta inaceptable cualquier manifestación de acoso y/o discriminación ilícita en el trabajo.

El acoso en el trabajo contamina el entorno laboral y puede tener un efecto negativo sobre la salud, el bienestar, la confianza, la dignidad y el rendimiento de las personas que lo padecen.

Los servicios ofrecidos por los/as profesionales de ALGA consisten en realizar el asesoramiento desde la constitución de la Comisión de Acoso para, a continuación, participar en la negociación y, finalmente, elaborar el PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE ACOSO LABORAL, SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO que establezca el procedimiento que canalice las denuncias, efectúe la investigación de indicios y resuelva el proceso.

Desde ALGA se imparte la formación necesaria a todos los miembros que formen parte de la Comisión de Acoso.

Importante: Sólo son válidos aquellos Protocolos de Prevención que hayan sido negociados en el seno de las organizaciones con la Representación Legal de los Trabajadores.

Prevención del acoso

 

¿EN QUÉ CONSISTE EL PROTOCOLO?

El Protocolo supone establecer políticas que contribuyan a mantener unos entornos laborales libres de acoso y discriminación ilícita y a garantizar que, si se
produjeran, se dispone y conocen los procedimientos adecuados para tratar el problema y corregirlo.

La igualdad, la integridad física y moral, y la dignidad son derechos inalienables de toda persona y, por ello, resulta inaceptable cualquier manifestación de acoso y/o discriminación ilícita en el trabajo. El acoso en el trabajo contamina el entorno laboral y puede tener un efecto negativo sobre la salud, el bienestar, la confianza, la dignidad y el rendimiento de las personas que lo padecen.

Entre todos debemos contribuir a garantizar un entorno laboral en el que se respete la dignidad e igualdad de las personas.

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VIOLENCIA DE GÉNERO: Protocolo para la Prevención de la Violencia de Género dentro y fuera de los lugares de trabajo.

En la línea de adecuación a los compromisos internacionales del estado español, como con el Convenio de Estambul del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia sobre las mujeres de 7 de abril de 2011, publicado en el BOE el 1 de agosto de 2014, la Junta Directiva de la Asociación Española de Auditores Sociolaborales, como promotora en colaboración con destacados operadores jurídicos en el ámbito del derecho laboral y con la especial colaboración del Consello Galego de Relacións Laborais, ha elaborado “El protocolo para la detección y tratamiento en la empresa de situaciones de violencia de género producidas dentro y fuera de los lugares de trabajo” del que la socia de ALGA María Ángeles García ha llevado la dirección y es, además, coautora del texto.

A través de la adhesión a este Protocolo, las organizaciones incorporan la prevención de la violencia en el entorno doméstico como medida de acción social voluntaria en su Responsabilidad Social Corporativa y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

La adhesión al Protocolo puede realizarse a través de uno de estos procedimientos:

  1. Enmarcado en las acciones de Responsabilidad Social Corporativa, como acción unilateral (no negociada y comunicada a la RLT en virtud del art. 64 ET).
  2. Como acción negociada con la RLT dentro de las políticas de igualdad, al amparo de la LOI 3/2007, e incorporado al Plan de igualdad en aquellas empresas que negocien un Plan de igualdad.

El Protocolo de Prevención de la Violencia de Género se presentó oficialmente en Galicia el 31 de mayo de 2016.

Actualmente son más de 400 las organizaciones que se han adherido al texto y lo han incorporado en su gestión de personas como una acción socialmente responsable y voluntaria en materia social.

Concretamente, de mejora de los derechos laborales de las trabajadoras de sus plantillas cuando existan indicios de que puedan estar siendo víctimas de violencia de género.

Además de otorgar esta importante tutela, tiene otro objetivo no menos importante: transmitir un principio de tolerancia cero de manera transversal en toda la organización.

Las organizaciones que han firmado la adhesión han sido sensibles, no solo con la igualdad de género y los principios de no discriminación, sino que además son pioneras en promover entornos de trabajo libres de acoso y violencia contra las mujeres.

A través de la incorporación de este procedimiento, se integran en la plantilla:

  1. valores de respeto,
  2. tolerancia y
  3. absoluto rechazo a la violencia en cualquiera de sus formas.

Para las trabajadoras víctimas es muy importante saber que cuentan con el apoyo de su empleadora y con la información necesaria desde su empresa, les va a ayudar a no tener que verse en la necesidad de renunciar a sus trabajos.

Desde ALGA creemos firmemente que este es un gran paso dentro de la organización.

La adhesión al texto del Protocolo es gratuita.

Para adherirse al Protocolo, solo es necesario cubrir el impreso de adhesión que puede solicitarnos o bien descargarlo en la web en Compromiso de adhesión al documento y enviarlo por mail mgarcia@mariaangelesgarcia.com o info@algalicia.es